TRIBUTACION REGIMEN DE MODULOS

La tributación en la declaración de la renta por el régimen de módulos, también conocido como Estimación Objetiva, se basa en el cálculo del rendimiento neto de la actividad económica a partir de unos parámetros o módulos previamente establecidos, y no en la diferencia real entre ingresos y gastos. Este sistema está dirigido a determinados autónomos y actividades empresariales. 

Puntos clave de la tributación por módulos

  • Rendimiento neto estimado, no real: La principal diferencia con la estimación directa es que no se tienen en cuenta los ingresos y gastos reales del negocio. En su lugar, el rendimiento se determina según una serie de indicadores o módulos fijados por la Agencia Tributaria, como el personal empleado, la superficie del local, la potencia eléctrica o la capacidad del vehículo.
  • Pagos fraccionados trimestrales: Durante el año, los autónomos en este régimen realizan pagos a cuenta del IRPF mediante el Modelo 131. A diferencia de la estimación directa, donde el pago es un porcentaje de los beneficios, en módulos se paga una cantidad calculada según la aplicación de los módulos correspondientes a la actividad.
  • Declaración anual de la Renta: Al presentar la declaración anual de la Renta (IRPF), el contribuyente debe incluir el rendimiento neto calculado por módulos. Los pagos fraccionados trimestrales realizados a lo largo del año se restan de la cuota final del impuesto, de manera que la declaración puede resultar a pagar o a devolver.
  • Condiciones y límites: Para poder acogerse a este sistema, la actividad económica debe estar incluida en la Orden del Ministerio de Hacienda que lo regula. Además, existen límites de facturación y de volumen de compras. En 2025, por ejemplo, el rendimiento neto del año anterior no debe superar los 250.000 euros (o los 125.000 euros si se factura a empresas o profesionale
  • Obligaciones contables simplificadas: Este régimen simplifica la carga administrativa para el autónomo, ya que las obligaciones contables y registrales son menores que en el régimen de estimación directa. No se exige llevar un registro detallado de ingresos y gastos para el IRPF, aunque sí para el IVA.
  • Voluntariedad y permanencia: La estimación objetiva es un régimen voluntario al que se puede renunciar. Sin embargo, la renuncia o la exclusión por superar los límites de facturación implica tributar por estimación directa durante al menos tres años.

Proceso simplificado de tributación

  1. Cálculo del rendimiento neto: Se multiplica la cantidad de cada módulo (personal, local, etc.) por su valor unitario anual. El resultado es el rendimiento neto de la actividad.
  2. Pagos a cuenta del IRPF: Con el rendimiento neto estimado, se calculan y se pagan las cuotas trimestrales (Modelo 131) aplicando un porcentaje según si se tienen o no empleados.
  3. Regularización en la Renta: En la declaración anual, se declara este rendimiento neto por módulos, y los pagos realizados a lo largo del año se descuentan de la cuota final del IRPF.