FORMACION FRANQUICIA. INVERSIONES DEDUCIBLES IMPUESTO DE SOCIEDADES

1. Inversión en I+D+i (Investigación, Desarrollo e Innovación) 

Es uno de los incentivos más potentes, permitiendo reducir la cuota íntegra hasta en un 100% en ciertos casos para startups y pymes. 

  • Investigación y Desarrollo (I+D): La deducción base es del 25% de los gastos, pudiendo subir al 42% si los gastos superan la media de los dos años anteriores.
  • Innovación Tecnológica (i): Se aplica un 12% sobre los gastos destinados a nuevos productos o procesos.
  • Límites: Generalmente, estas deducciones no pueden superar el 25% de la cuota íntegra, ampliable al 50% si el gasto en I+D+i supera el 10% de dicha cuota. 

2. Inversiones en Cultura y Cine

La normativa permite deducciones muy elevadas mediante la participación en proyectos culturales: 

  • Cine español y series: Deducción del 30% sobre el primer millón de euros invertido y del 25% sobre el resto.
  • Espectáculos en vivo: Deducción del 20% de los gastos de producción en música, danza, teatro o circo.
  • Incentivo financiero: Mediante el Artículo 39.7 de la LIS, una empresa puede financiar a una productora y obtener un retorno fiscal directo del 20% (deduciendo el 120% de lo invertido). 

3. Inversión en Empresas de Nueva Creación (Startups)

Los inversores que suscriban acciones en empresas de nueva o reciente creación pueden beneficiarse de una deducción del 50% de las cantidades invertidas. 

  • Límite de inversión: La base máxima de deducción es de 100.000 € anuales.
  • Requisitos: La participación no puede superar el 40% del capital y la empresa debe cumplir ciertos criterios de fondos propios (menos de 400.000 €). 

4. Otros Incentivos y Reservas

  • Reserva de Capitalización: Permite reducir la base imponible en un 10% del importe del incremento de los fondos propios, siempre que se mantenga dicho incremento durante 5 años.
  • Reserva de Nivelación: Exclusiva para entidades de reducida dimensión (ERD), permite minorar la base imponible hasta en un 10% para compensar futuras pérdidas.
  • Incentivos regionales: Existen regímenes especiales con deducciones mejoradas en las Islas Canarias (ZEC) y las Illes Balears.