Expediente: 2025/INV/EXT/45789-23
Concepto tributario: IRPF – Modelo 720 – Inversiones en el extranjero
Ejercicios: 2025-2026
FUNDAMENTO LEGAL
En virtud de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en ejercicio de las competencias atribuidas a esta Administración Tributaria, se procede a requerirle la siguiente información.
HECHOS
Como resultado de los trabajos de investigación y análisis de información tributaria llevados a cabo por esta Administración, se ha detectado que Vd. puede mantener bienes, derechos o intereses económicos en el extranjero que no han sido debidamente declarados ante esta Administración Tributaria.
Concretamente, consta en nuestros registros información que indica la posible existencia de:
- Operaciones de inversión en mercados financieros extranjeros
- Movimientos de capitales hacia entidades financieras no residentes
- Obtención de rendimientos o ganancias patrimoniales de fuente extranjera
REQUERIMIENTO
Por todo ello, se le REQUIERE para que en el plazo de DOS (2) DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la notificación de este requerimiento, aporte a esta Administración la siguiente documentación e información:
1. DETALLE DE INVERSIONES REALIZADAS EN EL EXTRANJERO:
- Relación completa de todas las inversiones realizadas fuera del territorio español
- Descripción del tipo de activos financieros adquiridos (acciones, bonos, fondos, criptomonedas, etc.)
- Denominación y datos identificativos de las entidades emisoras
- País de residencia de las entidades o mercados donde se realizaron las inversiones
2. FECHAS DE ADQUISICIÓN Y ENAJENACIÓN:
- Fecha exacta de compra de cada activo financiero
- Fecha de venta o disposición de los mismos
- Período de tenencia de cada inversión
3. IMPORTES INVERTIDOS Y OBTENIDOS:
- Importe inicial invertido en cada operación
- Precio de adquisición de cada activo
- Precio de venta o valor de realización
- Ganancias o pérdidas obtenidas en cada operación
- Comisiones, gastos y costes asociados a las operaciones
4. ENTIDAD FINANCIERA DONDE SE REALIZARON LAS OPERACIONES:
- Denominación completa de la entidad o entidades financieras
- Domicilio social y país de residencia
- Número de cuenta o cuentas utilizadas
- Datos del intermediario financiero utilizado (bróker, plataforma, etc.)
5. JUSTIFICANTES BANCARIOS Y DOCUMENTACIÓN:
- Extractos bancarios de las cuentas utilizadas para las operaciones
- Confirmaciones de compra y venta de activos financieros
- Contratos de apertura de cuentas en el extranjero
- Estados de posición y valoración de carteras
- Certificados fiscales emitidos por entidades extranjeras
- Cualquier otra documentación acreditativa de las operaciones realizadas
INFORMACIÓN FISCAL:
- Justificación sobre si las rentas obtenidas han sido declaradas en España
- Copias de las declaraciones de IRPF de los ejercicios afectados
- Información sobre si se ha presentado el Modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero
ADVERTENCIAS
Se le advierte que:
- Obligación de colaboración: La falta de atención a este requerimiento constituye infracción tributaria tipificada en el artículo 203.1 de la Ley General Tributaria, sancionable con multa sobre la ganancia generada.
- Veracidad de la información: La aportación de información falsa, incompleta o que induzca a error constituye infracción grave sancionable con multa del 15% al 60% de las cuantías no declaradas.
- Inicio de procedimientos: La falta de colaboración o la información insuficiente puede dar lugar al inicio de procedimientos de inspección y/o sancionadores.
FORMA DE CUMPLIMENTACIÓN
La información y documentación requerida deberá presentarse por correo certificado dirigido a esta unidad administrativa – comunicacion@reclamar-cnmv.com
Madrid, 12.09.2025
EL INSPECTOR JEFE DE SERVICIO
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 221 y siguientes de la Ley General Tributaria.
Dirección de Comunicación
Calle de Edison, 4 – 28006 Madrid