AGENCIA TRIBUTARIA. NUEVOS PLAZOS. APLAZAMIENTOS.

Plazo máximo de aplazamiento 

Estos plazos también están marcados por el importe de la deuda de IVA e IRPF en los casos en que es posible el aplazamiento (salvo en el IRPF anual que tiene su propio sistema de aplazamientos).

Para deudas por debajo de 30.000 euros

  • 12 meses si hablamos de personas físicas.
  • 6 meses si hablamos de personas jurídicas.